Comisiones Permanentes
Son aquellas encargadas de estudiar y dar informe para segundo debate a los proyectos de Ordenanza, según los negocios o asuntos que dichas comisiones conozcan y según el contenido del proyecto. Ningún diputado podrá pertenecer a más de dos (2) comisiones permanentes y obligatoriamente debe ser miembro de una (1). Cuando la Ley o las ordenanzas lo señalen las Comisiones permanentes darán o rendirán informe para primer debate a los proyectos de ordenanza. En la Asamblea funcionan cinco comisiones permanentes: de la Mesa, de Asuntos Económicos, del Plan, de Negocios Generales y la de Derechos Humanos y Participación Ciudadana.
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*Haga clic en cada comisión para ver su función y sus integrantes.
Fecha de publicación 09/08/2012
Última modificación 16/05/2013