Huila Terrirorio Seguro para la Convivencia Ciudadana
Programa “Huila Territorio Seguro para la Convivencia Ciudadana”
Mediante el cual se establece la fijación, adopción y ejecución de las políticas relacionadas con la preservación y mantenimiento del orden público en el Departamento coordinado con las fuerzas militares, la Policía y el DAS.
Con este programa se persigue el desarrollo integral de la sociedad huilense en un ambiente de orden y seguridad ciudadana, con el apoyo de la fuerza pública y organismos de seguridad del estado.
Para la ejecución de este programa financieramente se cuenta con los recursos del Fondo de Vigilancia y Seguridad del Departamento de que trata la ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006, contando además con otras instancias como son el Consejo de Seguridad y el Comité de Seguridad y Vigilancia, los cuales se encuentran dentro del organigrama de la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario, bajo la denominación de Órganos de Coordinación y Asesoría.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ASESORÍA PARA ESTE PROGRAMA:
CONSEJO DEPARTAMENTAL DE SEGURIDAD
Se rige mediante decretos nacionales 2615 de 1991 y 2006 de 1997
CONFORMADO POR:
Gobernador del Departamento
Secretario de Gobierno Departamental
Comandante Novena Brigada
Comandante Departamento de Policía Huila
Director Seccional Das Huila
Director Seccional de Fiscalías
Director Seccional C.T.I
Procuradora Regional del Huila
Defensora Regional del Pueblo
El Secretario de Gobierno Departamental es el Secretario del Consejo
FUNCIONES:
- Elaboración y/o recomendación de planes específicos de seguridad para afrontar de acuerdo a las características de los conflictos en su jurisdicción, los factores de perturbación del orden público.
- Mantener estrecha coordinación con las distintas instancias responsables del mantenimiento del orden público y con los organismos e instituciones que el gobierno ha creado para fortalecer la participación y colaboración ciudadana.
- Supervisar la ejecución de los planes de seguridad y evaluar sus resultados con el fin de adoptar los correctivos necesarios.
- Asesorar a la primera autoridad en las situaciones específicas de alteración del orden público, para adoptar las medidas correctivas que guarden estrecha correspondencia en la naturaleza y dimensión.
- Formular recomendaciones para la preservación de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes ciudadanos para lograr la convivencia pacífica.
- Asegurar el intercambio permanente de información entre los diversos organismos del estado en el ámbito nacional y local en todo lo que tenga relación con el orden público.
- Recomendar la realización de campañas de información pública, para lograr que la comunidad participe en los programas de seguridad.
- Deberán ejercer sus funciones subordinadas a las orientaciones que en materia de orden público dicte el Presidente de la República.
FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
El Fondo de Vigilancia y Seguridad se nutre de los recursos provenientes de la contribución de los contratos de obra pública o concesión de obra pública y otras concesiones (art.6 ley 1106 de 2006), de este recaudo se encarga la secretaría de Hacienda, los cuales se distribuyen según las necesidades regionales de seguridad y son administrados por el Secretario de Gobierno y Desarrollo Comunitario, por delegación que hiciera el Gobernador mediante Decreto 456 de 2001, el cual para el efecto cuenta con un cuerpo consultor denominado Comité de Seguridad y Vigilancia.
Las actividades de seguridad y de orden público que se financien con estos fondos deben ser cumplidas exclusivamente por la fuerza pública y organismos de seguridad del estado, los cuales por ley deben ser invertidos en dotación, material de guerra, reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones, compra de equipo de comunicaciones, montaje y operación de redes de inteligencia, recompensas a personas que colaboren con la justicia y seguridad de las mismas, servicios personales, dotación y raciones para nuevos agentes y soldados o en la realización de gastos destinados a generar un ambiente que propicie la seguridad ciudadana, la preservación del orden público.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
Cuerpo consultor del Fondo en la que se aprueban los recursos con destino a las inversiones necesarias en aras de la preservación y mantenimiento del orden público en el Departamento, previo requerimiento de la fuerza pública y el DAS, que se encuentra integrado así:
Gobernador del Departamento
Secretario de Gobierno Y Desarrollo Comunitario
Secretario de Hacienda Departamental
Comandante Novena Brigada
Comandante Departamento de Policía Huila
Director Regional Departamento Administrativo de Seguridad Das
Director Seccional C.T.I
Procuradora Regional del Huila
Defensora Regional del Pueblo
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Fecha de publicación 18/08/2009
Última modificación 21/02/2015
Fecha de publicación 18/08/2009
Última modificación 21/02/2015