Esquema Crepadh
Eaquema Organizacional
La Oficina de Prevención y Atención de Desastres, adscrita a la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario de la Gobernación del Huila, es el ente coordinador del Comité Regional para la Prevencion y Atencion de Desastres del Huila (CREPADH). Entre las funciones asignadas por la Ley y los Decretos Departamentales concordantes y vigentes están la asistencia humanitaria a damnificados, realización de evaluaciones de emergencia, capacitación y asesoría a los Comités Locales para la Prevención y Atención de Desastres (CLOPAD’s) del departamento del Huila, organismos operativos y comunidades, trámites a solicitudes escritas y, principalmente, a la planificación y ejecución de proyectos institucionales.
Estructura del CREPADH
A continuación se relacionan las entidades que conforman el Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastres del Departamento del Huila (CREPADH), acorde al Artículo 3 del Decreto No. 1141 de 2000:
- Gobernador del Departamento.
- Comandante de la Novena Brigada.
- Secretario de Gobierno y Desarrollo Comunitario.
- Secretario de Salud Departamental.
- Comandante del Departamento de Policía Huila.
- Director de Defensa Civil – Seccional Huila.
- Presidente Cruz Roja Colombiana – Seccional Huila.
- Director de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM).
- Director ejecutivo del Comité Departamental de Cafeteros.
- Alcalde de Neiva.
- efe del Departamento Administrativo de Planeación.
Además de las entidades antes mencionadas se invitan a las reuniones normales del CREPADH
- Delegación Departamental de Bomberos.
- IDEAM Unidad Operativa 04 Huila - Caquetá.
- Secretaría de Agricultura y Minería.
- INURBE Seccional Huila.
- Dirección Administrativa de Emergencias y Desastres de Neiva.
- Central Hidroeléctrica de Betania.
- Secretaría de Educación Departamental.
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Regional Huila.
- ECOPETROL S.A. – Superintendencia de Operaciones Huila – Tolima.
Con lo anterior, se completan las 20 entidades, además del GPADH, que conforman el llamado CREPADH Ampliado. Aunque considerando las posibilidades que ofrece el Decreto 919, en el Parágrafo del Artículo 60, así como en los mismos términos que el Parágrafo 1 del Artículo 4 del Decreto 1141 del 2000 referenciado anteriormente, se puede ampliar este comité en sesiones extraordinarias con las entidades que se considere pertinentes para el caso en particular que se vaya a discutir o analizar.
Con el objetivo de ubicar el componente de Prevención y Atención de Desastres o de la gestión del riesgo en un sitial adecuado, donde se puedan inyectar y gestionar más recursos, promover participación de los sectores privado y comunitario, y en general cumplir con todos los compromisos legales que este componente tiene en el Departamento, se propone modificar la estructura organizativa departamental, ubicando a la hoy Oficina de Prevencion y Atencion de Desastres en el segundo nivel de la administración reportando directamente al gobernador, reflejando el carácter integral y transversal de la gestión de riesgos.
Estructura del SRPAD
Considerando lo anterior, y de acuerdo al ámbito de su competencia, en la figura anexa se presenta el esquema organizacional del Sistema Regional de Prevención y Atención de Desastres del Departamento del Huila (SRPAD), el cual ha sido recientemente adoptado mediante la Ordenanza No. 063 del 24 de Diciembre de 2004. El SRPAD es integrado y descentralizado, conformado por las entidades públicas, privadas y comunitarias que integran el CREPADH y cada uno de los 37 CLOPAD’s, teniendo por jurisdicción todo el departamento del Huila. En el esquema del SRPAD se indica, dentro de los recuadros celestes, las cinco comisiones asesoras departamentales, y señala en la parte superior la entidad encargada de su coordinación. Cada una de las partes, sean comisiones, entidades, organismos y organizaciones, trabajan de forma articulada. Sus acciones y productos están integrados para obtener mayores recursos y mejores resultados.
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Fecha de publicación 01/05/2008
Última modificación 17/07/2017