Aprobado Fondo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres del Huila
La Asamblea Departamental aprobó este lunes 4 de agosto por unanimidad en tercer debate, el proyecto de Ordenanza presentado por el Gobierno Seccional para la creación del Fondo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres del Huila.
Así lo confirmó Sandra Ximena Calderón, secretaria de Gobierno y Desarrollo Comunitario del Huila, quien destacó que el proyecto pasa a sanción de Gobernador Carlos Mauricio Iriarte Barrios.
Es decir que el Departamento tendrá su fondo de acuerdo con lo establecido en el Articulo 47 de la Ley1523 de 2012.
“Es una cuenta especial del departamento con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística, no tiene personería jurídica ni planta de personal con fines de intereses público, asistencia social y con el propósito de invertir, ahorrar, destinar y ejecutar recursos en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo, manejo de desastres ó calamidades públicas declaradas o de naturaleza similar” manifestó la funcionaria.
Ahora, de acuerdo a la Ordenanza, la Secretaría de Hacienda Departamental debe crear el rubro especial para los recursos que van a proveer este fondo.
“Es fundamental esta iniciativa y más cuando hay una gran posibilidad que el departamento del Huila tenga que afrontar el Fenómeno de El Niño que aunque el Ideam no ha establecido la fecha de inicio en el Huila, ya tenemos un municipio desabastecido, Tesalia, tenemos que estar preparados como departamento para afrontar este tipo de situaciones”, señaló la Secretaria de Gobierno y Desarrollo Comunitario.
El Fondo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres del Huila tiene diferentes fuentes, una es el cinco por ciento de los recursos provenientes del superávit fiscal de los ingresos corrientes de libre destino del Departamento que resultaren al cierre de operación de cada vigencia fiscal; los recursos que trasfiera la Nación, los fondos nacionales, departamentales o municipales para la gestión del riesgo de desastres; las entidades del orden nacional, departamental y municipal y los recursos que se incorporen al presupuesto general ordinario de departamento en cada vigencia fiscal.
Fecha de publicación 04/08/2014
Última modificación 04/08/2014