APOYO DE FACTURACIÓN, CARTERA Y PAGOS
Prestar Servicios Profesionales a la Secretaría de Salud Departamental en el procesamiento de la información Requerida de Facturación, Cartera y Pagos, Referente a la Situación financiera del Departamento del Huila – Secretaría de Salud Departamental - con la Red Pública, Privada de la Red Interna y Externa y EPSS por Recobros, por servicios de Salud prestados a la Población Pobre y Vulnerable, con su respectiva documentación y Auditoría de las Cuentas.
1. Realizar Efectuar el Proceso de organización y generación de reportes mensuales que soportan la auditoría de cuentas, las glosas y las conciliaciones, producto de la facturación de las IPS que conforman la Red Pública, por la Prestación de los Servicios de Salud a la población a cargo del Departamento.
2. Adelantar técnica y administrativamente la elaboración de los actos administrativos (oficios, circulares, resoluciones) donde se soportan, reconocen y ordenan el pago de los servicios de salud a las IPS conformantes de la Red Prestadora de Servicios de Salud del Departamento del Huila; y garantizar que las IPS conformantes de la Red Pública y Privada, Interna, Externa y Recobros, que prestan los servicios de salud a la población a cargo del departamento, suministren los soportes correspondientes para adelantar los tramites de pago. (Entregar informe Mensual en carpetas).
3. Actualizar en forma permanente la base de datos de la facturación que presentan cada una de las IPS conformantes de la Red Prestadora de Servicios de Salud de la Población a cargo del Departamento, el cual debe contener por Red la siguiente información: Nombre de la IPS; Valor Facturado; Valor Glosado; Valor Aceptado por las IPS; Valor Pendiente de Conciliar; Valor a Cancelar. (Entregar informe Mensual en carpetas).
4. Presentar informe dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, en donde se reporte la información completa de la deuda que tiene la Gobernación del Huila - Secretaría de Salud Departamental con las IPS conformantes de la Red Prestadora de Servicios de Salud a la Población a cargo del Departamento del Huila.
5. Actualizar en forma permanente y por programa (Subsidiado, Vinculado y Desplazado) la base de datos de la facturación que presentan cada una de las IPS públicas Departamentales de Pitalito, Garzón, La Plata y el Hospital Universitario de Neiva en cumplimiento de los contratos que posee el Departamento del Huila - Secretaría de Salud Departamental con cada una de las IPS Referenciadas, el cual debe contener la siguiente información: Período; Nombre de la IPS; No. del Contrato; Programa; Valor Facturado; Valor Glosado; Valor Aceptado por las IPS; Valor Aceptado por la SSD; Valor Cancelado; Valor Pendiente de Conciliar; Valor a Cancelar. (Entregar informe Mensual en carpetas).
6. Actualizar en forma permanente las bases de datos de los pagos que se le efectuan a cada una de las IPS conformantes de la Red Pública Prestadora de Servicios de Salud a la Gobernación del Huila, el cual debe contener: Nombre de la IPS; NIT; RUT; Nº Cuenta Bancaria; Vigencia de la Deuda; Valor Total de la Deuda; Valor Glosado; Nº Resolución; Nº de Orden de Pago; Valor Pagado. (Entregar informe Mensual en carpetas).
7. Presentar informe mensual donde relacione los pagos efectivos o en su defecto que adelanta la Secretaría referente a la cartera que tiene la Gobernación del Huila - Secretaría de Salud Departamental con la Red Interna y Externa prestadora de Servicios de Salud a la población a cargo del Departamento, el cual debe incluir Número de CDP; Fecha de Expedición del CDP; Fecha de Vencimiento; Objeto; Beneficiario, NIT; Valor.
8. Diligenciamiento, actualización y respuesta tanto de los informes que solicite o expida el Ministerio de Salud y Protección Social y/o cualquier entidad del estado pública o privada que tenga competencia.
9. Organizar las respuestas relacionadas con la cartera o presunta deuda que posee la Gobernación del Huila - Secretaría de Salud Departamental, con las diferentes IPS públicas y Privadas, internas, externas y recobros, que prestan los servicios de salud a la población a cargo del departamento.
10. Apoyar y organizar por RED la información correspondiente a la Cartera que se encuentra en proceso de cobro pre-jurídico; cobro Jurídico (Entregar informe Mensual en carpetas); reportar oportunamente de las situaciones urgentes y apoyar la solución. (Entregar informe Mensual en carpetas).
11. Apoyar el proceso de consolidación de la información establecidas en las Circulares Conjuntas Nº 0030 y Nº 0041 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, referente al reporte sistematizado en la plataforma PISIS de la información periódica necesaria para el saneamiento de la Cartera y aclaración de las cuentas médicas de la Facturación correspondiente a las IPS Públicas y Privadas, internas, externas y recobros, que prestan los servicios de salud a la población pobre y vulnerable a cargo del Departamento.
12. Apoyar el seguimiento al cargue de la información producto de las Circulares Conjuntas del Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintencia Nacional de Salud, identificados con los Nos. 0030 y 0041 de 2013.
13. Garantizar que las respuestas a los requerimientos internos y externos y la comunicación en general producto del contrato, se desarrollen utilizando el conducto regular establecido en el sistema extranet de la Gobernación del Huila y definido por la supervisión.
14. En caso de existir inconvenientes en los sistemas de información y/o aplicativos que se manejan dentro del proceso de prestación de servicios, el contratista debe cumplir con los tiempos establecidos normativamente para los trámites de cuentas y emisión de respuestas a los requerimientos propios del contrato.
15. Toda la información producto de la Prestación de Servicios de Salud - Cartera, que reportan las diferentes IPS conformantes de la Red Prestadora de Servicios de Salud, inevitablemente debe ser escaneada, organizada, presentada en medio magnético para que se archive en cumplimiento de la norma en el Grupo de Prestación de Servicios.
16. Los informes contemplados en los numerales 3, 4, 5 y 8 deben ser socializados, sustentados y soportados en forma mensual ante el Equipo de Prestación de Servicios, el Secretario de Salud Departamental; el Supervisor del Contrato y el Grupo de Dirección de la SSD.
Fecha de publicación 25/04/2014
Última modificación 04/09/2017