AUDITOR DE LA RED EXTERNA
Este Cargo está destinado para prestar servicios profesionales a la Secretaria de Salud Departamental, adelantando los procedimientos de auditoría de cuentas y Garantía de la calidad, a la prestación de servicios de salud a la población pobre y vulnerable no cubierta con subsidio a la demanda y población asegurada con eventos en salud excluidos del POS-S.
1. Realizar la revisión de las cuentas en el sistema de trazabilidad de cuentas de la Secretaría de Salud Departamental presentadas por las IPS Públicas y Privadas de la Red Externa del Departamento del Huila, correspondiente a la facturación por la prestación de los servicios de salud a la población pobre y vulnerable no asegurada y asegurada con eventos NO POSS, dentro de los términos establecidos en el decreto 4747 de 2007 y Resolución 3047 de 2008 y Acuerdo 029/2011 y 032/2012.
2. Realizar proceso de Respuesta y Conciliación de glosas a las cuentas presentadas por las IPS Públicas y Privadas de la Red Externa del Departamento del Huila, correspondiente a la facturación por la prestación de los servicios de salud a la población pobre y vulnerable no asegurada y asegurada con eventos NO POSS, dentro de los términos establecidos en el decreto 4747 de 2007 y Resolución 3047 de 2008 y Acuerdo 029/2011 y 032/2012.
3. Apoyar la organización integral del proceso de auditoría de cuentas de la facturación que presenten las IPS de la red Pública y Privada Externa del Departamento , garantizando oportunidad en la información, establecimiento de procesos conciliatorios y cumplimiento de los plazos legales y asegurando que las respuestas a los requerimientos internos y externos y la comunicación general producto del contrato, se desarrollen utilizando el conducto regular establecido en el sistema extranet de la Gobernación del Huila.
4. Apoyar las labores de supervisión de la contratación que adelanta la Gobernación del Huila-Secretaría de Salud Departamental con los Hospitales Psiquiátricos San Rafael y Perpetuo Socorro de Pasto, mediante la auditoria de la facturación que periódicamente presentan las IPS, de conformidad con los términos contractuales.
5. Resolver en forma permanente las quejas que lleguen a la Secretaría de Salud Departamental, por la prestación de los Usuarios de la Red Externa del Departamento.
6. Asumir la integralidad del Proceso de Auditoria de las cuentas presentadas por las IPS Públicas y Privadas en la Red Externa del Departamento del Huila, en lo referente a las respuestas técnicas, económicas y jurídicas de la correspondencia recibida.
7. Presentar mensualmente a la Secretaría de Salud, informe de la revisión de cuentas, dentro de los quince (15) días posteriores a la presentación de las cuentas de cobro por parte de las IPS del Públicas y Privadas en la Red externa al departamento del Huila ante la Secretaría de Salud por la prestación de los servicios a la población a cargo del departamento, incluyendo: Valor total de la facturación clasificada en facturación por población no asegurada y población con eventos no POSS. -. Valor absoluto y porcentual de glosas. -. Porcentaje de causas de glosas.
8. Actualizar en forma permanente la base de datos de la facturación que presentan cada una de las IPS públicas y privadas de la Red Externa que prestan servicios de Salud a la población a cargo del departamento, la cual debe ser socializada, sustentada y soportada ante el Secretario de Salud Departamental, el supervisor del contrato y los Grupos de prestación de servicios y Dirección y presentarla en forma mensual al secretario el cual debe contener la siguiente información: Periodo, Nombre IPS, Vr. facturado, Vr. glosado, Vr. Pendiente por cancelar y Vr a cancelar.
9. Presentar informe mensual que contenga los pagos efectuados por la Entidad Territorial a cada una de las IPS Públicas y Privadas de la Red Externa, detallando la procedencia de los recursos.
10. Presentar estado de Cartera Mensual del Departamento del Huila-Secretaría de Salud Departamental, correspondiente a la Red Externa prestadora de Servicios de Salud, cuya facturación se encuentre en cobro pre o jurídico.
11. Dar cumplimiento con lo establecido en las circulares conjuntas No.0030 y 0041 de 2013, del Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, referente al reporte sistematizado en la plataforma PISIS de la información periódica necesaria para el saneamiento de la cartera y aclaración de las cuentas médicas de la facturación correspondiente a las IPS públicas y Privadas externas, producto de la prestación de los servicios de salud a la población a cargo del departamento.
12. Diligenciamiento y actualización de los informes, respuestas o requerimientos que soliciten las entidades de control, las entidades del estado públicas o privadas que tengan competencias o las IPS de la Red Externa.
13. Independientemente de los inconvenientes que se presenten en los sistemas de información y/o aplicativos que se manejan dentro del proceso de prestación de servicios, el profesional debe cumplir con los tiempos establecidos normativamente para la trazabilidad de las cuentas y emitir respuestas a los requerimiento propios del contrato.
Fecha de publicación 21/04/2014
Última modificación 04/09/2017