Pensión de retiro por vejez para docentes oficiales
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PresencialDependencia:
Secretaría de Educación
Obtener el reconocimiento de la pensión de retiro por vejez que tienen en forma vitalicia los docentes activos que son retirados del servicio por haber cumplido 65 años y no reúnen los requisitos necesarios para tener derecho a pensión de jubilación o invalidez.
Educación
Lugar de atención:
GOBERNACIÓN DEL HUILA NEIVA / HUILA Calle 8 Carrera 4 esquina (8) 8671300
Hora de atención:
Lunes a Jueves de 7:00 a.m. a 11:30 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m. Viernes 7:00 a.m. a 11:30 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m.
Responsable: Secretaría de Educación
Tiempo de respuesta: Reconocimiento de la pensión por vejez , que se obtiene en 65 Día(s) - hábil(es)
CIUDADANO:
1 - Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite Formato de solicitud pensión Disponible para ser: Diligenciable: Reclamar de forma presencial: En los puntos de atención indicados por la institución Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s) Anotaciones Adicionales: Del docente, la cual debe estar legible y ampliada Registro civil de nacimiento o partida de bautismo para los nacidos antes del 11 de junio de 1938: 1 Original(es) Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla Cumplir con el tiempo de servicio requerido Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla Haber realizado los aportes de ley al fondo del magisterio Certificado de entidades administradoras de pensión: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales: Indicando si se encuentra o no pensionado Manifestación expresa si devenga o no pensión: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales: Certificado de ingresos y retenciones o dos declaraciones de testigos sobre la carencia de bienes o rentas propias: 1 Copia(s) (Auténtica) Certificado de Salarios: 1 Original(es) Anotaciones Adicionales: Debe contener el tipo de vinculación del educador, cargo, grado en el escalafón, si hay horas extras certificarlas mes por mes, si hubo ascensos en el año de adquisición del status certificar a partir de qué fecha surte efectos fiscales. Este certificado debe indicar los aportes de Ley al Fondo del Magisterio. El certificado de salarios debe ser expedido por la entidad pagadora donde conste el último salario devengado mensualmente.
*Si esta pensionado
Resolución que lo pensionó:1 Fotocopia(s)
*Si esta retirado del servicio
Acto administrativo de retiro definitivo del servicio:1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: Donde se indique la fecha de los efectos fiscales.
*Si ha laborado en otras entidades territoriales
Certificado de tiempo de servicio:1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Que debe contener el tipo de vinculación, nombramientos, traslados, comisiones, permutas, licencias, suspensiones y demás novedades administrativas, en donde se especifique a que entidad se le efectuaron los aportes de Ley - Expedido por la entidad territorial no superior a tres(3) meses de la fecha de radicación de la solicitud. Cancelar bono en oficina de atención al Contribuyente - Primer Piso
*Si hay tiempos de servicios diferentes a los tiempos docentes
Certificado laboral de cada entidad donde laboró:1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Indicando tiempo de servicio y entidad donde se hicieron los aportes
2 - Radicar los documentos requeridos, los cuales debe ser presentados en carpeta tamaño oficio, debidamente legajados en el mismo orden en que se relacionan en el formulario.
Ley 100 de 1993
Circulares 001 de 2008
Decreto 2831 de 2005
MANUAL_OPERATIVO_FOMAG
Ley 812 de 2003, (Artículo 81)
Ley 797 de 2003
Decreto 3135 de 1968, (Artículo 29)
Decreto 3752 de 2003, (Todos)
Decreto 1848 de 1969, (Artículos 81-85)
Ley 71 de 1988, (Artículo 8)