Campaña para renovar licencias de conducción
Una campaña de socialización a través de volantes realiza el Instituto de Transporte y Tránsito del Huila para asesorar a los huilenses sobre la renovación de las licencias de conducción que ordenó el Ministerio de Transporte.
De acuerdo a Esperanza Herrera, directora del Instituto de Transportes, en las sedes operativas en los municipios de Rivera y Timaná, los funcionarios están atentos a resolver las solicitudes de las ciudades para el diligenciamiento de la nueva licencia de conducción.
“Atendemos de sábados a lunes desde las 7:00 a.m. hasta el medio día y desde la 1:00 p.m. hasta las 5:00 de la tarde, estamos prestos a colaborarles para hacer sus refrendaciones”, señaló Herrera.
La funcionaria fue enfática en señalar que no todas las personas deben renovar su licencia de conducción.
“Hay que verificar si la licencia se encuentra vencida, si lo está hay que diferenciar a cual categoría pertenece. Si hace parte de la categoría 4, 5 y 6 y C1, C2y C3, y es una licencia para conducir vehículos públicos debe ser renovada pero si es categoría 3, B1, B2 y B3 y conduce vehículo particular no está obligado a hacerlo porque fue cobijado con el Decreto 019 que da su vencimiento hasta el 2022”, manifestó la Directora del Instituto de Transporte y Tránsito del Huila.
Así mismo, si la licencia es categoría 1 y 2 y pertenece a A1 y A2 y es utilizada para conducir motocicletas no debe ser refrendada porque está vigente hasta el 2022.
Edad
Si bien el Decreto 019 de 2012 fijó como vigencia para las licencias de condición de vehículo particular 10 años, es decir hasta el 2022, es importante tener en cuenta la edad.
“Debe identificarla categoría y rango de edad para saber cuándo debe renovar su licencia”, señaló la funcionaria.
Los mayores de 15 y menores de 60 años que conduzcan vehículos de servicio particular deben renovarla cada 10 años pero si es de servicio público debe hacerlo cada tres años.
Entre tanto, si la persona es mayor de 60 años hasta los 80 años y condice vehículo particular debe renovarla cada cinco años, pero si es servicio público debe hacerlo cada año.
Los mayores de 80 años que conduzcan vehículos particulares o de servicio público deben renovarla cada año.
“Si su licencia es para servicio público y sólo conduce vehículo particular, usted puede solicitar el trámite de recategorización a servicio particular, con ello tiene que renovar cada tres años”.
Requisitos
Para diligenciar la licencia de conducción, los usuarios deben estar inscritos en el Runt, no ser infractor, presentar el examen de actitud física y mental expedido por la CRC, adjuntar fotocopia del documento de identificación y realizar las respectivas consignaciones.
“El Ministerio ha determinado tres años para que todos los ciudadanos puedan actualizar su licencia o refrendarla, el 15 de octubre de este año entra en vigencia el nuevo formato de la licencia”, agregó la funcionaria
Fecha de publicación 13/08/2013
Última modificación 13/08/2013