Queja/Denuncia
Normativa
- Artículo 29 de la Constitución.
- Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen los artículos 29 de la Constitución.
- Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen los artículos 29 de la Constitución.
- Artículo 9° de la Ley 734 de 2002.
- Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen el artículo 9° de la ley 734 de 2002.
- Las acusaciones formuladas al presentar una queja por los medios dispuestos en esta página, no generan responsabilidad disciplinaria o de cualquier otra índole para quienes fueren señalados como presuntos implicados, en razón a que toda persona se presume inocente mientras no sea declarada culpable mediante fallo debidamente ejecutoriado, conforme lo disponen el artículo 9° de la ley 734 de 2002.
Forma de presentación
- Presencial:
- Carrera 4 Calle 8 Esquina- Edificio Gobernación Primer Piso - Oficina de Atención al Ciudadano - Neiva (Huila) - Colombia.
- En línea:
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Fecha de publicación 08/06/2020
Última modificación 12/06/2020
Fecha de publicación 08/06/2020
Última modificación 12/06/2020