Vence los plazos para siembras de maíz durante el primer semestre de 2022 en el Huila
Establecimientos de cultivos de maíz y sorgo vienen siendo regulados mediante calendarios de siembra emitidos por el ICA, con el propósito de hacer un control en la proliferación de plagas y enfermedades.
Neiva, 27 de marzo de 2022. Con el propósito de tener un mejor control sobre plagas y enfermedades que vienen afectando los cultivos de maíz y sorgo en el departamento del Huila (principalmente Dalbulus Maidis, responsable de la transmisión de la enfermedad de achaparramiento), el ICA a través de la resolución 00000960 del 31 de enero de 2022 ordenó los calendarios para venta de semillas y siembra de estos cereales durante el semestre A del presente año.
En ese sentido la autoridad sanitaria dividió el departamento en 3 zonas para la regulación de las vedas: La zona 1, compuesta por El Agrado, El Pital, Garzón, Altamira, Suaza, Guadalupe, Acevedo, Palestina, Isnos, Pitalito, Timaná, San Agustín, Saladoblanco, Oporapa, Elías, y Tarqui, municipios que podrán adelantar venta semillas de maíz y sorgo hasta el próximo 10 de abril, mientras que las siembras podrán extenderse hasta el día 15 del mismo mes.
Zona 2, compuesta por los municipios de Campoalegre, Hobo, y centro poblado de Riverita, para quienes venció la autorización para ventas de semillas el pasado 10 de marzo, y el proceso de siembra hasta el 15 de mismo mes.
Zona 3, correspondiente a los municipios de Colombia, Baraya, Tello, Aipe, Villavieja, Neiva, Palermo, Teruel, Íquira, Yaguará, Rivera, Algeciras, Santa María, Paicol, Tesalia, Nátaga, La Plata, y La Argentina, donde la autorización para ventas de semillas de de maíz y sorgo venció el pasado viernes 25 de marzo, mientras que las siembras podrán adelantarse hasta el próximo 30 de marzo.
Las medidas contempladas en esta resolución, son de obligatorio cumplimiento para productores y comercializadores de semillas quienes deberán llevar un registro de ventas en los formatos establecidos por el ICA, y hacerlos llegar a la entidad.
Asimismo, cobija a los productores, quienes no podrán sembrar con posterioridad a las fechas autorizadas, tampoco podrán conservar, guardar o almacenar cualquier semilla producida de las semillas de maíz genéticamente modificada para utilizarlas con otro fin distinto al establecido por el acuerdo entre las partes.
También les queda prohibido la siembra de semillas de maíz genéticamente modificadas de cosechas anteriores, como el uso de productos (plaguicidas, fertilizantes, y bioinsumos) que no estén autorizados por el ICA.
Quienes infrinjan estas y otras medidas contempladas en la resolución 00000960 del 31 de enero de 2022, serán sancionados de conformidad a lo establecido en capítulo 10 del decreto 1071 de 2015, así como los artículos 156 y 157 de la ley 955 de 2019.
Solo están exceptuadas las siembras con propósitos de investigación sobre la enfermedad de achaparramiento de maíz transmitida por Dalbulus Maidis, enmarcadas dentro del proyecto de Ciencia Tecnología e Innovación, suscrito entre la Gobernación del Huila y Agrosavia, y que se desarrollan en varias granjas piloto establecidas en el departamento.
Fecha de publicación 28/03/2022
Última modificación 28/03/2022