Médico Regulador de Urgencias

El Médico Regulador es el encargado de velar porque los procesos de atención de pacientes se lleven a cabo de manera adecuada y que reciban la atención requerida en el momento y con la complejidad que estos requieran. Entre otras funciones se encuentran:       

  1. Apoyar a la Secretaria de Salud en el trámite oportuno y eficiente de las solicitudes de atención en situaciones de urgencia, orden público, emergencias y desastres que se presenten.
  2. Prestar apoyo profesional a la Secretaria de Salud departamental para dar respuesta eficiente a los actores del sistema de seguridad social en salud a (Planes Hospitalarios de Emergencia, gestión del riesgo en salud, estrategias de respuesta y planes sectoriales de gestión del riesgo en salud).
  3. Apoyar a la secretaria de salud departamental en la activación del reporte del sistema de vigilancia epidemiológica en los eventos de urgencia, emergencia o desastres y en el envío de los reportes de emergencias, al Ministerio de Salud y Protección Social o entidad respectiva, según el caso.
  4. Ingresar al sistema todas las referencias, emergencias y desastres e información (estado clínico de pacientes, alertas de gestión operativa de donación, medicación, etc.) de manera detallada diariamente en la bitácora de eventos y actividades del SISHUILA-CRUE.
  5. Dar soporte técnico en el diligenciamiento y trámite de la entrega mensual y análisis de indicadores del CRUE.
  6. Prestar apoyo profesional a la secretaría de salud departamental en los procesos educativos dirigidos a los actores del sistema (direcciones locales de salud, IPS y EAPB) en los procesos de gestión del riesgo.
  7. Asistir y participar en las reuniones, capacitaciones y/o comités, cuando y donde se requiera y sea designado por el supervisor del contrato y/o secretaria de salud departamental
  8. Brindar apoyo en la consolidación de los boletines (mensuales, trimestrales y anuales) que contienen la información sobre situaciones de urgencia, emergencia y/o desastres presentados en la zona de influencia del CRUE, de acuerdo a los requerimientos de la secretaria de salud Departamental y/o entes de control.
  9. Prestar asistencia a la secretaria de salud departamental Brindando información profesional a la red de prestadores de servicios de salud sobre emergencias toxicológicas, disponibilidad de antídotos, bancos de sangre y misión médica, cuando se requiera.
  10. Apoyar a la gestión del CRUE brindando asesoría y acompañamiento en la entrega de medicamentos, kit y stock de emergencias, proporcionando los respectivos soportes organizados y archivados.
  11. Brindar apoyo en el registro y seguimiento a las alertas generadas en el área de influencia de la coordinación de la red de donación y trasplantes número 6 y demás actividades propias de la gestión operativa de la donación y trasplante
  12. Acompañar a la secretaria en las recepciones, validación en bases de datos y trámite a las solicitudes de servicios de la población a cargo del departamento; cuando no esté en disponibilidad el área de prestación de servicios en autorizaciones.
  13. Prestar su aporte profesional a la secretaria en la consolidación de las solicitudes recepcionadas y entrega al profesional universitario de prestación de servicios a cargo del proceso de autorizaciones los reportes de gestión de la población pobre no asegurada.
  14. Brindar apoyo en el proceso de implementación del Modelo de Atención Integral en Salud – MIAS y en la identificación de barreras y facilitadores en las rutas integrales de atención en salud priorizadas por la Secretaria de Salud Departamental.
  15. Presentar informes mensuales de las actividades y gestiones realizadas durante el periodo de ejecución con los soportes correspondientes al supervisor del contrato.
  16. Acreditar el cumplimiento de sus obligaciones con el sistema de seguridad social presentando mensualmente el comprobante de pago de los respectivos aportes en salud, pensión y riesgos laborales.
  17. Actualizar la hoja de vida en el SIGEP, durante la ejecución del contrato.
  18. Aplicar el código de ética de la Gobernación del Huila respetando los principios de lealtad, honestidad y respeto, buena fe, oportunidad y transparencia.

 


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Fecha de publicación 02/06/2017
Última modificación 19/10/2018