Convocatoria pública para conformar el Consejo Departamental de Planeación

El gobierno departamental comenzó la elaboración del Plan de Desarrollo que regirá los próximos cuatro años el territorio huilense.
Así lo establece el primer decreto expedido en aras de comenzar la construcción del Plan de Desarrollo ‘El camino es la educación’, el cual convoca a la conformación del Consejo Departamental de Planeación.
De acuerdo con el Decreto 0613 de 2016, firmado por la gobernadora (E) del Departamento, Liliana Vásquez, se convoca a grupos, autoridades, sectores, organizaciones civiles y ciudadanos en general del nivel departamental, jurídicamente reconocidos que deseen estar representadas en el Consejo Departamental de Planeación, para que presenten sus ternas de candidatos, teniendo en cuenta el informe presentado por la Junta Directiva del CDP.
El plazo máximo para el envío de los nombres de los postulantes con los correspondientes documentos es el 16 de febrero de 2016 en el edificio de la Gobernación del Huila - Departamento Administrativo de Planeación, Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en el primer piso, hasta las 4:00 PM.
Según la norma expedida, por cumplimiento de periodo mayor a ocho años, el Consejo Departamental de Planeación requiere un representante del sector de las Organizaciones de Microempresarios, otro de la población desplazada por la violencia, uno de Organizaciones Culturales y uno más de las Comunidades Indígenas.
Igualmente, por vacancia se requiere dos representantes de los sectores económicos (Industria, Agropecuario, Comercial, Financiero, y las Aseguradoras) pertenecientes al Consejo Gremial y Consejo Intergremial; un representante de los siguientes grupos: organizaciones de profesionales, instituciones u organizaciones públicas y privadas de la organización científica, de las organizaciones de estudiantes, de las organizaciones del sector ecológico, de las organizaciones Comunitarias, de las ONG´S de apoyo que operan en el Departamento, de las asociaciones de padres de familia, del sector Comunicación Comunitaria y Ciudadana y un representante de las organizaciones de paz del Departamento.
Adicionalmente se requieren dos representantes de alcaldes de Municipios del Departamento.
El decreto también aclara que cuando una organización pertenezca simultáneamente a varios sectores no podrá presentar más de una terna y deberá indicar con claridad, a qué sector representa.
Las ternas podrán ser modificadas solamente una vez y podrán ser retiradas en cualquier momento antes del plazo que señale la convocatoria para la elección del Consejo Departamental de Planeación.
Requisitos de los postulantes
Se deberá postular a una persona para conformar las ternas, teniendo en cuenta lo siguiente:
Estar vinculado a las actividades del respectivo sector o entidad territorial.
Poseer conocimientos técnicos o experiencia en los asuntos del sector.
Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2284 de 1994 para el envío de ternas.
Todas las organizaciones deberán contar con personería jurídica.
Cuando una organización pertenezca simultáneamente a varios sectores no podrá presentar más de una terna y debe indicar con claridad en relación con cuál sector representa.
Además deberán remitir la documentación que a continuación se solicita, con excepción de los representantes de las entidades territoriales y departamentales, así:
Hoja de vida de los candidatos con soportes.
Carta de aceptación de la postulación por parte de los candidatos.
Carta de la organización postulante en la cual se indique el sector para el cual se presenta la terna, así como la experiencia y/o vinculación de los candidatos con el sector.
Certificación de la personería jurídica de la organización postulante expedida por la autoridad competente.
Copia del acta de la reunión en la cual se hizo la postulación.
Documento explicativo de la representatividad de la institución o instituciones postulantes.
Datos suficientes sobre la identidad, domicilio y teléfono de las entidades postulantes y de los candidatos.
Los alcaldes deberán acreditar su elección y posesión junto con la carta de presentación por parte de la Federación Nacional de Municipios Capitulo Huila.
El Gobernador tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria y bajo su total discrecionalidad designará los Consejeros Departamentales de Planeación, mediante Acto Administrativo.
Fecha de publicación 02/02/2016
Última modificación 05/03/2019