Departamento resuelve peticiones de permisos sindicales
La Gobernación del Huila confirmó que las peticiones realizadas por las organizaciones sindicales para solicitar permisos ya fueron tramitadas, resueltas y se encuentran en proceso de notificación por parte de la Secretaría de Educación Departamental.
Así lo manifestó este lunes 2 de febrero, Hernando Alvarado Serrato, director del Departamento Administrativo Jurídico del departamento al señalar que se tramitaron cada una a través de las resoluciones 026 y 027 de 2015.
El funcionario indicó que los permisos sindicales no fueron negados como se público a través de un comunicado en algunos medios escritos por las directivas de la CUT sino que cada una de las peticiones estaba siendo estudiada.
“Dejan en el ambiente la sensación de que estamos negándoles el permiso, una cosa es negar el permiso cuando se ha tomado la decisión a través de un acto administrativo que ha sido debidamente notificado a los interesados y otra cosa es que por no haber tenido aún respuesta, manifiesten que nosotros estamos negando el permiso”, indicó el Director del Departamento Administrativo Jurídico.
Una vez el Departamento recibió las solicitudes, empezó hacer los estudios para conceder dichos permisos.
“La petición se estudio porque establecen una serie de tareas de tipo sindical que son las que la secretaría estudia para establecer si efectivamente se conceden los permisos a este número de actividades que ellos consignan en sus peticiones. La Constitución y la ley nuestra indica que si bien es cierto la potestad para otorgar los permisos, esos permisos no se pueden dar en forma permanente; como servidores públicos tienen que atender las actividades para las cuales fueron designados a través del acto administrativo de nombramiento, así estén ahora ocupando unas dignidades dentro de la organización sindical, eso en ningún momento es un impedimento para que dejen de ejercer su función como servidores públicos”, indicó Alvarado Serrato.
El funcionario agregó “Es así, como de acuerdo a las normas de la Organización Internacional del Trabajo y las constitucionales y legales de nuestro país, se deben estudiar cada una de las peticiones para equilibrar las cargas de una u otra situación, es decir como sindicalistas y como prestadores del servicio público de la educación, si bien es cierto se les protege el derecho a la asociación sindical para que puedan cumplir con sus actividades como sindicalistas, también ellos deben cumplir con la misión para la que fueren designados, que es la prestación del servicio público de educación para los niños y jóvenes del departamento”, puntualizó el Director del Departamento Administrativo Jurídico.
Así lo manifestó este lunes 2 de febrero, Hernando Alvarado Serrato, director del Departamento Administrativo Jurídico del departamento al señalar que se tramitaron cada una a través de las resoluciones 026 y 027 de 2015.
El funcionario indicó que los permisos sindicales no fueron negados como se público a través de un comunicado en algunos medios escritos por las directivas de la CUT sino que cada una de las peticiones estaba siendo estudiada.
“Dejan en el ambiente la sensación de que estamos negándoles el permiso, una cosa es negar el permiso cuando se ha tomado la decisión a través de un acto administrativo que ha sido debidamente notificado a los interesados y otra cosa es que por no haber tenido aún respuesta, manifiesten que nosotros estamos negando el permiso”, indicó el Director del Departamento Administrativo Jurídico.
Una vez el Departamento recibió las solicitudes, empezó hacer los estudios para conceder dichos permisos.
“La petición se estudio porque establecen una serie de tareas de tipo sindical que son las que la secretaría estudia para establecer si efectivamente se conceden los permisos a este número de actividades que ellos consignan en sus peticiones. La Constitución y la ley nuestra indica que si bien es cierto la potestad para otorgar los permisos, esos permisos no se pueden dar en forma permanente; como servidores públicos tienen que atender las actividades para las cuales fueron designados a través del acto administrativo de nombramiento, así estén ahora ocupando unas dignidades dentro de la organización sindical, eso en ningún momento es un impedimento para que dejen de ejercer su función como servidores públicos”, indicó Alvarado Serrato.
El funcionario agregó “Es así, como de acuerdo a las normas de la Organización Internacional del Trabajo y las constitucionales y legales de nuestro país, se deben estudiar cada una de las peticiones para equilibrar las cargas de una u otra situación, es decir como sindicalistas y como prestadores del servicio público de la educación, si bien es cierto se les protege el derecho a la asociación sindical para que puedan cumplir con sus actividades como sindicalistas, también ellos deben cumplir con la misión para la que fueren designados, que es la prestación del servicio público de educación para los niños y jóvenes del departamento”, puntualizó el Director del Departamento Administrativo Jurídico.
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Fecha de publicación 03/02/2015
Última modificación 03/02/2015
Fecha de publicación 03/02/2015
Última modificación 03/02/2015