Objeto y Funciones
OBJETO.
El Instituto de Transporte y Transito del Huila, tiene por objeto la organización, dirección, control y reglamentación del tránsito y el transporte dentro de su jurisdicción y velar por la eficiencia, accesibilidad, disponibilidad, oportunidad, racionalidad y seguridad de los servicios que ofrece según su misión
FUNCIONES
En desarrollo de su objeto social, El Instituto De Transportes y Transito Del Huila, realizará con sujeción a las normas legales, las siguientes funciones:
1. Organizar, dirigir y controlar todo lo relacionado con el tránsito y el transporte en el territorio de su jurisdicción, cumplir y hacer cumplir el Código Nacional de transito y demás normas y disposiciones legales que regulan la materia;
2. Planificar, coordinar y regular todo lo relacionado con el transito y el transporte dentro de la jurisdicción y expedir los actos administrativos que sean necesarios para la adecuada ejecución del Código de Tránsito;
3. Organizar, orientar u ordenar el servicio de regulación y vigilancia del transito y el transporte y tomar las medidas necesarias para disminuir la contaminación ambiental;
4. Expedir licencias de conducción, registro inicial de automotores, traspasos, traslados de cuenta, liquidación de derechos departamentales y nacionales e impuestos de vehículos anteriores al año 1999 y realizar los demás trámites autorizados en la Ley 769 de 2002 y el Acuerdo 0051 de 199, expedido por el Ministerio de Transportes y demás normas legales vigentes;
5. Señalizar las vías secundarias para el flujo vehicular y de peatones dentro de su jurisdicción, en coordinación con el Secretario Departamental de Vías e Infraestructura y los Municipios que formen parte de su jurisdicción.
6. Garantizar la accesibilidad, integral y confiabilidad de la información relacionada con el Registro Nacional de Automotores , Conductores, Infracciones de transito y demás relacionadas con los servicios delegados en materia de Transporte vehicular;
7. Prestar asesorìa en materia de transito y transporte a los municipios del Departamento del Huila que formen parte de su jurisdicción;
8. Adelantar programas de prevención y adecuación de conductores, ciclistas y peatones, en coordinación con las autoridades locales y entidades particulares, con el fin de reducir los índices de accidentalidad en la vías del departamento del Huila y controlar su efectividad;
9. Conocer y sancionar las faltas por contravenciones a las normas del Transito ocurridas dentro del territorio de su jurisdicción, en primera y segunda instancia, según sea el caso, de acuerdo con la normatividad legal vigente;
10. Recaudar y administrar el producto de los impuestos, tasas y contribuciones que constituyan las rentas del Instituto;
11. Asumir las funciones del Ministerio del Transporte, que por delegación del Gobierno Nacional le sean delegadas;
12. Las demás funciones que se le asignen por la Ley, los Decretos Reglamentarios, las Ordenanzas de la Asamblea y las que de delegue el Ministerio.
Fecha de publicación 31/12/1969
Última modificación 06/06/2017