Órganos de Asesoría y Coordinación
Consejo Departamental de Seguridad
Se rige por los Decretos Nacionales 2615 de 1991 y 2006 de 1997 y demás normas que los modifiquen o adicionen.
Funciones
Elaborar y/o recomendar la ejecución de planes específicos de seguridad para afrontar de acuerdo a las características de los conflictos en su jurisdicción, los factores de perturbación del orden público.
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Mantener estrecha coordinación con los organismos e instituciones responsables del mantenimiento del orden público para la preservación de la paz y la convivencia ciudadana.
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Supervisar la ejecución de los planes de seguridad y evaluar sus resultados con el fin de adoptar los correctivos necesarios.
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Asesorar al Gobernador en situaciones de alteración del orden público, para adoptar las medidas correctivas que fueren necesarias.
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Formular recomendaciones para la preservación de los derechos humanos y el cumplimiento de los deberes ciudadanos para lograr la convivencia pacífica.
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Asegurar el intercambio permanente de información entre los diversos organismos del estado en el ámbito nacional y local en todo lo que tenga relación con el orden público.
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Recomendar la realización de campañas de información pública, para lograr que la comunidad participe en los programas de seguridad.
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Ejercer sus funciones subordinadas a las orientaciones que en materia de orden público dicte el Presidente de la República,
- Consejo Departamental de Paz
Se rige por la Ordenanza 005 de 2002 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen
Funciones
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Asesorar al Gobernador en materias relacionadas con la consecución de la paz.
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Elaborar propuestas acerca de soluciones negociadas al conflicto armado interno, el respeto, promoción y defensa de los derechos humanos, la aplicación efectiva del derecho internacional humanitario, la disminución de la intensidad o el cese de las hostilidades, la reincorporación a la vida civil de los miembros de los grupos guerrilleros, la reconciliación entre los colombianos, la consolidación de la democracia y la creación de condiciones que garanticen un orden político, económico y social justo.
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Proponer al Gobierno Departamental mecanismos de participación de la sociedad civil en los procesos de diálogo y negociación con los grupos guerrilleros.
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Promover, difundir y establecer estrategias para que se respeten los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
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Motivar a la ciudadanía para presentar iniciativas en materia de paz, transmitir al Gobierno Departamental las propuestas de paz formuladas por la sociedad civil y promover en todo el Departamento la cultura y la formación educativa de la paz.
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Proponer al Gobierno Departamental mecanismos de incentivos con el fin de propiciar inversión del sector privado en programas, políticas y planes de paz en las zonas de conflicto.
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Diseñar los anteproyectos de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos orientados a garantizar una paz integral.
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Promover la creación de los Consejos Municipales de Paz y coordinar sus actividades.
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Solicitar a la autoridad competente su intervención para la realización de las correspondientes investigaciones, con el fin de hacer efectiva la debida aplicación y respeto de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
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Presentar informe anual a la Asamblea Departamental sobre la gestión cumplida por parte del Consejo Departamental de Paz.
- Fondo de Vigilancia y Seguridad
El Fondo se rige por los Decretos departamentales No. 459 de 1993 y 445 de 1998 y Ley 418 de 1997, 782 de 2002 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Objeto y Funciones:
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El Fondo de Vigilancia y Seguridad del Departamento, tiene como objeto la administración y el manejo de los recursos del Fondo, los cuales deben ser invertidos en dotación, material de guerra, reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones.
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Compra de equipo de comunicaciones, montaje y operación de redes de inteligencia, recompensas a personas que colaboren con la justicia y seguridad de las mismas, servicios personales, dotación y raciones para nuevos agentes y soldados o en la realización de gastos destinados a generar un ambiente que propicie la seguridad ciudadana y la preservación del orden público.
- Comité Departamental para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia
Se rige por el Decreto Departamental No. 0265 de 1998 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones:
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Adoptar medidas tendientes a prestar auxilio a los Desplazados por la violencia que lleguen al Departamento.
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Garantizar un manejo eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para la atención de las situaciones que se presenten por causa del desplazamiento.
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Prestar apoyo y brindar colaboración al Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la violencia en el Departamento.
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- Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastres del Huila (CREPADH)
Se rige por el Decreto 542 de 1994 y 978 de 1998, Decreto 1141 de 2000 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones:
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Prestar apoyo y brindar colaboración al Comité y a la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, en el ejercicio de sus funciones relativas a la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
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Solicitar apoyo y asistencia a las entidades públicas y privadas para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
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Orientar y coordinar las actividades de las entidades y organismos públicos a los cuales se les solicite apoyo y asistencia para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Departamental para la Prevención y Atención de Desastres.
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Solicitar a las autoridades competentes la imposición de sanciones a los servidores públicos que incurran en mala conducta por no prestar la colaboración debida en situaciones de riesgo y atención de emergencias.
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Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Plan Departamental para la Prevención y Atención de Desastres.
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Ordenar los estudios e investigaciones sobre la ocurrencia de desastres en el Departamento y disponer la elaboración de mapas de riesgo y planes de contingencia.
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Ordenar estudios sobre amenazas, condiciones de vulnerabilidad y evaluación de riesgos, con el apoyo de otras entidades públicas y bajo la orientación de la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
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Asumir la dirección y coordinación de todas las actividades necesarias para atender una situación de desastre regional o local declarada, con la colaboración de las entidades públicas y privadas que deban participar de acuerdo con las pautas trazadas por la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
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Velar por la aplicación de las normas que rigen con ocasión de la declaratoria de situaciones de desastre o que deben continuar rigiendo durante las fases de rehabilitación, reconstrucción y desarrollo.
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Atender las situaciones de desastre regional o local incluidas las fases de rehabilitación, recuperación y prevención de riesgos.
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Contribuir a la elaboración y ejecución de los planes de acción para situaciones de desastre de carácter nacional.
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Conformar las comisiones de apoyo del Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastres, con la participación de entidades públicas y organismos especializados en estas áreas.
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Autorizar los gastos del fondo del Comité Regional, para la Prevención y Atención de Desastres, en los programas y actividades que se encuentran enmarcados en la misión de este Fondo.
- Comisión Regional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales
La Comisión se rige por el Decreto Nacional 2267 de 1997 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones
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Velar por el cumplimiento de las garantías electorales y mecanismos de participación ciudadana.
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Presentar a consideración de las distintas autoridades electorales, administrativas y disciplinarias las sugerencias que consideren convenientes.
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Atender las peticiones quejas y consultas que les sean formuladas por los partidos o movimientos políticos con personería jurídica y los candidatos inscritos relacionadas con sus derechos deberes y garantías electorales y darles el trámite correspondiente de acuerdo con la ley.
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Coordinar con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, el suministro de la información electoral.
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Tramitar de manera prioritaria las quejas presentadas por la violación de los derechos humanos en relación con el proceso electoral y velar por el libre ejercicio de los derechos públicos.
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Velar por la preservación del orden público y las garantías para el desarrollo de las campañas políticas en sus distintos niveles territoriales.
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Garantizar el desarrollo del derecho a la oposición, así como la adecuada participación de los medios de comunicación en los términos que determinen las leyes y reglamentos del Ministerio de Comunicaciones, Consejo Nacional de Televisión y Consejo Nacional Electoral.
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Asesorar a los demás órganos del gobierno en la vigilancia de la cabal aplicación del estatuto de la oposición y demás normas que amparen los derechos de los partidos y movimientos políticos y de los candidatos inscritos, en coordinación con las autoridades electorales competentes a nivel nacional, departamental y municipal.
- Comisión de Inspección y Seguimiento del Régimen Penitenciario y Carcelario
Se rige por el Decreto Departamental 0939 de 1998 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones
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Velar por la seguridad y disciplina de los establecimientos carcelarios del Departamento.
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Velar por la efectividad de los derechos de los internos al igual que el cumplimiento de las finalidades para lo cual fueron creados los centros de reclusión.
- Fondo Departamental de Reinserción y Paz
Se rige por Ordenanza No.44 de 1995 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones:
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Apoyar las labores de asesoría, capacitación y educación definidas en el Plan de Reinserción del Departamento.
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Promover eventos, seminarios, foros, encuentros y actos culturales que contribuyan a divulgar y fortalecer el Plan de Reinserción o los que contribuyan a una mejor comprensión del proceso por parte de los diferentes estamentos del Departamento.
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Promover programas de readaptación social, desarrollo productivo y de estabilidad a las organizaciones desmovilizadas en el proceso de reinserción.
- Delegación Departamental de Bomberos del Huila
Se rige por la Ordenanza No. 043 de 1998 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Funciones
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Asesorar al gobierno departamental y municipal en materia de seguridad contra incendios, prevención y atención de emergencias e interlocutar con los Cuerpos de Bomberos ante los demás organismos que hacen parte del Sistema Nacional.
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Diseñar planes, programas y proyectos para el mantenimiento de los equipos de los cuerpos de bomberos y establecer las políticas de supervisión.
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Diseñar planes, programas y proyectos para la organización de Brigadas de Bomberos en el sector público y privado.
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Formular planes, programas y proyectos de evaluación, prevención y control de riesgos potenciales, para el nivel urbano y rural y asesorar su desarrollo por intermedio de los cuerpos de bomberos, estableciendo las políticas de atención por las autoridades competentes.
- Unidad Técnica Regional de Control de Control de Drogas
Se rige por Decreto Departamental No. 1244 de 2000 y demás disposiciones que la modifiquen o adicionen.
Funciones:
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Promover y coordinar políticas y planes departamentales de prevención y rehabilitación de la drogadicción en concordancia con las políticas nacionales.
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Proponer ante el gobierno e instituciones internacionales, la gestión de recursos para el desarrollo de programas y proyectos relacionados con la prevención y rehabilitación de la drogadicción.
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Promover y difundir marcos conceptuales y de valores para la prevención de la drogadicción en el nivel departamental.
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Participar en la formulación del Plan Departamental para la atención integral del problema de la drogadicción.
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Fortalecer la participación, armonización y autoevaluación de las OG y las ONG´s responsables de la ejecución del Plan Departamental de Drogas.
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Promover la realización de investigaciones que permitan avanzar en el conocimiento de la realidad del problema de adición en los niveles departamentales y municipales.
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Recomendar la producción de material de apoyo que recoja experiencias e informen a la comunidad en general sobre vinculación de la población a cualquiera de las manifestaciones relacionadas con el tema.
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Recolectar, sistematizar, analizar e intercambiar información regional sobre el tema para alimentar el Sistema Nacional de Información en Drogas de la Dirección Nacional de Estupefacientes frente a la toma de decisiones del Consejo Nacional y Seccional de Estupefacientes.
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Las demás que se requieran para el cumplimiento de los propósitos de la política de prevención y rehabilitación del consumo de drogas.
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Fecha de publicación 21/05/2009
Última modificación 10/08/2017
Fecha de publicación 21/05/2009
Última modificación 10/08/2017