Sector Solidario

Las Cooperativas del departamento del Huila, cumplen con el decreto 2880 de 2004, “Para ser sujetos de la exención de impuesto sobre la renta dispuesta en el artículo 8º de la Ley 863 de 2003”, las cooperativas “deberán invertir en educación formal una suma igual o superior al 20% del excedente del ejercicio de tal año.”. Con base en lo anterior, cada año las cooperativas invierten en los establecimientos educativos del Departamento del Huila, una suma aproximada a los $1500.000.000.

Sector solidario

Sector Solidario

Las empresas del sector solidario, pueden presentar proyectos en nueve líneas de inversión establecidas por el Ministerio de Educación. Cuatro de estos campos están dirigidos a los estudiantes y los otros a los establecimientos educativos, así:

A favor de estudiantes:

  • Alimentación
  • Vestuario escolar o uniformes
  • Útiles escolares de listas autorizadas por las Secretarías de Educación
  • Transporte

A favor del establecimiento educativo:

  • Construcción o reparación de aulas y de unidades sanitarias en zonas rurales y urbanas marginales, cumpliendo con las normas técnicas del Icontec.
  • Dotación de aulas con textos escolares (de acuerdo con el Artículo 42 del Decreto 1860 de 1994), con pupitres y elementos esenciales.
  • Laboratorios de física y química para los niveles de secundaria y media.
  • Adquisición de predios para construcción de aulas, unidades sanitarias y espacios recreativos. Las escrituras se hacen a favor del respectivo municipio.
  • Dotación de canasta educativa para la implementación de modelos flexibles.

 

Dagoberto Gómez Correo
Coordinador del Programa
dgomez@sedhuila.gov.co
PBX 8671300 Ext. 1405/1406


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Fecha de publicación 02/06/2017
Última modificación 02/06/2017