Marco Legal Crepadh
La Gestión que desarrolla la Oficina para la Prevención y Atención de Desastres del Departamento del Huila está enmarcada en la siguiente normatividad vigente y concordantes, nacional y departamental, a saber:
Decreto Departamental 645 de 1987 “Por el cual se crea el Comité Departamental para la Prevención y Atención de Situaciones de Emergencia” - Define los integrantes (Art. 2º), objetivos (Art. 4º), funciones (Art. 5º) y el coordinador (Art. 6º) del Comité.
Ley 46 de 1988 “Por la cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, se otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones” - En esta ley se establece la necesidad de organizar un sistema mediante el cual se garantice un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos, económicos que sean indispensables para la prevención y atención de desastres.
Decreto 919 de 1989 “Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones” - Crea (Art. 60) y asigna funciones (Art. 61º) a los comités regionales y locales para la prevención y atención de desastres, y definiendo las funciones de las entidades territoriales en relación con la prevención y atención de desastres (Art. 62º), entre ellas la de preparar y elaborar los planes, por intermedio de las oficinas de Planeación, y coordinar a las instituciones en materias programáticas y presupuestales en lo relativo a desastres (numeral ll).
Ley 99 de 1993 “Crea el Ministerio del Medio Ambiente, Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA)” - En el Art. 31º define las funciones de las corporaciones autónomas regionales, numerales 19 y 23, estableciendo la realización de actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes y asistirlas en los aspectos medio ambientales en la prevención y atención de emergencias y desastres; adelantar con las administraciones municipales o distritales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de erosión , manejo de cauces y reforestación.
Ley 60 de 1993 “Distribución y competencia de recursos” - Determina que el componente de Prevención y Atención de Desastres debe quedar incluido dentro de las destinaciones de las participaciones a los municipios.
Resolución 7550 de 1994 “Por la cual se regulan las actuaciones del Sistema Educativo Nacional en la Prevención de Emergencias y Desastres” - Establece la necesidad de definir programas en las instituciones educativas que incluyan aspectos como la creación del comité escolar de prevención y atención de emergencias y desastres, realizar un análisis escolar de riesgos, elaborar el plan de acción, y llevar a cabo simulacros ante posibles amenazas.
Descargar Resolucion 7550 de 1994
Ley 160 de 1994 “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino“ - Trata del control de inundaciones y subsidio a la vivienda rural (Art. 9º), adquisición de tierras para reubicación de viviendas localizadas en zonas de riesgo o afectadas por calamidad pública (Art. 31º).
Decreto 969 de 1995 “Por el cual se organiza y reglamenta la Red Nacional de Centros de Reserva para la Atención de Emergencias“ - Su objetivo es el de disponer en cada uno de los departamentos del país, con carácter permanente, de suministros básicos para las comunidades afectadas, así como de equipos y elementos especializados para apoyar a las entidades operativas en la realización de actividades de control de eventos de origen natural o antrópico, búsqueda, rescate o salvamento, con el fin de atender en forma adecuada y oportuna la primera respuesta frente a situaciones de emergencia en el territorio nacional.
Ley 322 de 1996 “Por la cual se crea el Sistema Nacional de Bomberos de Colombia y se dictan otras disposiciones” - La prevención de incendios es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio Colombiano (Art. 1º); la prevención y control de incendios y demás calamidades conexas están a cargo de las instituciones bomberiles; es un servicio público esencial a cargo del Estado; es obligación de los municipios la prestación del servicio y los concejos municipales, a iniciativa de los alcaldes, asignarán los recursos correspondientes (Art. 2º); el Sistema Nacional de Bomberos de Colombia pertenece al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (Art. 4º).
Decreto 2340 de 1997 “Por el cual se dictan unas medidas para la organización en materia de prevención y mitigación en incendios forestales y se dictan otras disposiciones” - Crea las comisiones para la prevención y mitigación en incendios forestales en Departamentos (Art.9º), Municipios, Distritos y áreas metropolitanas, como órgano asesor en la materia, cuya secretaría técnica será ejercida en los Departamentos por las corporaciones autónomas regionales y definen sus integrantes (Art. 10º).
Ley 388 de 1997 “Ley de Ordenamiento Territorial” - Establece los criterios para el ordenamiento territorial, la reglamentación del uso de los suelos y la ocupación del espacio según su potencialidad, para incluirlos en los planes de desarrollo territorial de los departamentos, municipios y distritos (Art. 1º, numeral 2; Art. 12º, numeral 2.3). Dentro de la formulación y adopción de los planes de ordenamiento en los municipios deben considerarse, como norma de especial jerarquía, las políticas, directrices y regulaciones sobre la prevención de amenazas y riesgos naturales, señalamiento y localización de zonas de riesgo para asentamientos humanos y estrategias de manejo de zonas de amenaza y riesgo.
Ley 400 de 1997 “Por la cual se adopta el Estudio General de Amenaza Sísmica de Colombia” - Esta ley permite, en el futuro, expedir actualizaciones de las normas sismoresistentes Colombianas por intermedio de decretos reglamentarios. En el estudio se indica que el Departamento del Huila está en una zona con amenaza sísmica alta.
Decreto 33 de 1998 “Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismoresistente NSR-98” - Actualiza el Decreto 1400/84 y se convierte en instrumento tecnológico que plasma los avances en las técnicas y requerimientos para el diseño y construcción sismo-resistente.
Decreto 93 de 1998 “Por el cual se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres” - Orienta las acciones del estado y la sociedad civil para prevenir la ocurrencia de desastres o atenderlos adecuadamente en caso de que se presenten. Se incluyen los principales programas que el SNPAD debe ejecutar, en el Artículo 7º, numeral 2, se señala el “programa para la incorporación de la prevención y reducción de riesgos en la planificación”, que establece que “[…] las entidades territoriales deben formular planes, programas, proyectos para la reducción de riesgos y asignar recursos para la prevención y atención de desastres” (numeral 2.1). En el Artículo 7º de dicho decreto se describen los principales programas que el SNPAD debe ejecutar, dentro de los cuales se encuentra el “Programa para la incorporación de la prevención y reducción de riesgos en la planificación”, que establece que “las entidades territoriales deben formular planes, programas, proyectos para la reducción de riesgos y asignar recursos para la prevención y atención de desastres”.
Decreto 879 de 1998 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 388/97” - Señala que las áreas de amenazas y riesgos deben ser identificadas, delimitadas, adelantar acciones para evitar la localización de actividades o asentamientos humanos en dichas zonas, reubicarlos según el caso, establecimiento de restricciones y sanciones por su localización indebida, y la aplicación de acciones de manejo, recuperación y prevención.
Decreto Departamental 978 de 1998 “Por medio del cual se reorganiza la estructura orgánica de la Secretaria de Gobierno y Desarrollo Comunitario y se dictan otras disposiciones” - Señala las funciones del Grupo de Prevención y Atención de Desastres (Art. 8º) y la formulación del Plan Departamental de Prevención de Desastres (numeral 1). Ordenanza 43 del 1998 “Por la cual se crea la Delegación Departamental de Bomberos del Huila” - La Delegación estará adscrita a la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario.
Decreto 321 de 1999 “Por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencias contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Aguas Marinas,Fluviales y Lacustres (PNC)” - El cual se integra al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (SNPAD) como un módulo específico, establece la conformación de las Comité Operativo Locales y Regionales del PNC articulados a los CLOPAD y CREPAD, respectivamente, para prevenir y actuar en circunstancias de riesgo asociado a derrames.
Ordenanza 050 de 1999 “Por el cual se modifica y adiciona la ordenanza No. 043 de Agosto 20/98” - Asigna funciones y define la conformación de la junta directiva la Delegación Departamental de Bomberos del Huila (Art. 1º y 2º, respectivamente).
Decreto Departamental 1141 de 2000 “Por el cual se modifica los decretos 542 de 1994 y 978 de 1998”. Define funciones del Comité Regional para la Prevención y Atención de Desastres.
Decreto Departamental 1143 de 2000 “Por medio del cual se establecen acciones dentro del sistema educativo para la prevención y atención de emergencias y desastres en el Departamento del Huila“.
Ordenanza 78 del 2000 “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial Departamental y se dictan otras disposiciones” - Dentro de las diferentes políticas adoptadas para orientar el proceso planificador y el desarrollo sostenible del departamento, se ha considerado además del logro del bienestar social, la conservación del patrimonio y de la calidad ambiental, la reducción de la vulnerabilidad social y económica ante eventos naturales, dentro de la que se considera necesaria la realización del Plan Territorial Departamental de Prevención y Atención de Desastres como una actividad asociada a los programas de prevención.
Documento CONPES 3146 de Diciembre de 2001 “Por medio del cual se establece la estrategia para consolidar la ejecución del PNPAD en el corto y mediano plazo” - Establece las estrategias, responsabilidades institucionales y recursos a invertir durante el periodo 2002 – 2004. Se destaca el énfasis en la articulación entre el SNPAD, el SINA y SNCyT, la elaboración de los mapas temáticos de amenazas, los estudios de microzonificación sísmica en centros urbanos, los estudios de vulnerabilidad funcional de las ciudades y la inclusión de los planes de contingencia en los planes de desarrollo y en los planes de contingencia sectorial.
Ley 715 de 2001. Le establece a los municipios la función de prevenir y atender los desastres en su jurisdicción, adecuar las áreas urbanas y rurales en zonas de alto riesgo y reubicación de asentamientos.
Decreto Departamental 072 de 2004 “Por medio del cual se adoptan las directrices y orientaciones para la formulación e implementación del Plan Territorial para la Prevención y Atención de Desastres del Departamento del Huila” - En el Art. 1º se adoptan las directrices y orientaciones para la formulación e implementación del PTPADHde conformidad con los siguientes términos: principios orientadores del Plan, diagnóstico de la realidad actual, objetivos del PTPAD, estrategias del PTPAD, lineamientos de programas prioritarios y mecanismos y responsabilidades para su formulación.
Ordenanza 063 del 24 de Diciembre de 2004, "Por el cual se adopta el Plan Territorial para la Prevención y Atención de Desastres del Departemento del Huila y se dictan otras disposiciones" – Se adopta el PTPADH (Art. 1º) y se conforma el Sistema Regional de Prevención y Atención de Desastres (SRPAD) del Huila (Art. 2º). El SRPAD es concebido como un sistema integrado, descentralizado y con capacidad operativa subregional, liderado directamente por el gobernador del departamento y tendrá sus centros operativos subregionales en las cabeceras municipales de Neiva, Garzón, La Plata y Pitalito (parágrafo del Art. 2º).
Fecha de publicación 01/05/2008
Última modificación 04/09/2017