Liquidaci贸n Presupuestal
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ordenanza No. 15/97, y considerando:
Que el art铆culo 64 de la Ordenanza No. 015 de 1997, faculta al Gobernador del Departamento para dictar el decreto de liquidaci贸n del Presupuesto General del Departamento; Que el citado art铆culo, adem谩s de establecer la metodolog铆a para expedir el Decreto de Liquidaci贸n del Presupuesto, dispone que 茅ste se debe acompa帽ar con un anexo que tendr谩 el detalle del gasto para el a帽o fiscal respectivo.
Que el art铆culo 21º de la Ordenanza No. 50 del 22 de Noviembre de 2006 “Sobre presupuesto de Rentas y recursos de Capital y Ordenanza de apropiaciones para la vigencia del 1º de enero al 31 de diciembre del 2007”, faculta al Gobierno Departamental para que en el Decreto de liquidaci贸n clasifique y defina los ingresos y gastos. As铆 mismo, cuando las partidas se incorporen en numerales rent铆sticos, secciones, programas y subprogramas que no correspondan a su naturaleza, las ubique en el lugar que le corresponda.
Presupuestos








